Se tramitarán mediante el
procedimiento ordinario abreviado, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 153 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
las solicitudes de licencia para la implantación, modificación o cambio
de actividades que precisen para la ejecución de obras de un proyecto
técnico distinto al seńalado en el artículo 42 de la OGLUA y, en todo
caso, aquellas solicitudes que se refieran a obras u otras actuaciones
previstas en el Anexo III.2 de la OGLUA.
Fecha de Implantación de este procedimiento: 1 de abril de 2011.
Esquema de Tramitación:
- Solicitud de gestión y tramitación ante Eclu.
- Gestión y tramitación ante Eclu.
- Eclu emite Certificado de Conformidad.
- Solicitud de Licencia Urbanística ante Ayuntamiento.
- Solicitante de Licencia Urbanística puede iniciar sus obras
salvo que sea necesaria Evaluación Ambiental.
- Gestión y tramitación ante Ayuntamiento.
- Ayuntamiento emite Licencia Urbanística.
Plazo para la emisión de Certificado de Conformidad por parte de la
Eclu: 2 meses desde que la documentación está completa.
Documentación a presentar en la solicitud de gestión y tramitación ante
Eclu: Ver Anexo I de la OGLUA. |